El juego de la Opa Opo


Reglamento


De los requisitos

1. Los jugadores se inscriben por impulso de alguna/s corporación/es con poderío económico basado
en el sostenimiento de condiciones de privilegio y/o por propia voluntad obsecuente y servil.

2. No son necesarios al efecto, ninguna clase de avales ciudadanos ni competencias sectoriales de clasificación eliminatoria. Queda estipulado que no es un juego de la democracia: ni interna ni universal.

3. Se exige el requisito excluyente de haber formado parte -principal o secundaria- de alguna/s gestión/es municipal/es, provincial/es o nacional/es inmediata/s, con demostrada ineptitud para gobernar y fracaso evidente.

4. Hándicap: a semejanza de condiciones, se asegura el cupo a aquellos inscriptos que hayan abandonado alianzas y/o funciones de gobierno antes del cumplimiento del mandato -ya sea electivo, de gabinete o de facto-
por indubitable incompetencia y comprobado repudio popular.

5. Además, el beneficio por hándicap aumenta si los postulantes golpearon cacerolas pidiendo que se fueran todos (menos ellos), fomentaron saqueos y a la vez apoyaron su represión, prometieron dedicarse
a sus profesiones si no ganaban comicios pero se postularon tras la derrota (dado que es su oficio excluyente),
participaron de piquetes de la abundancia pero denostaron los de las organizaciones sociales,
encararon fraudes patrióticos y/o se manifestaron oportunamente con claridad meridiana:
longitudinalmente meridiana aunque latitudinalmente paralela a los intereses antipopulares.


De los sistemas

6. El juego consiste en participar oponiéndose sin posiciones estables, causas concretas ni proyectos alternativos. La cuestión es no plantear estrategias ni exponer el camino a efectuarse en el tablero. No son válidos los análisis, el diagnóstico ni las planificaciones y, mucho menos, la participativa comunicación de ideas y propuestas.

7. Básicamente, la Opa Opo es un juego de azar, pero manipulado de modo imbécil por los participantes. No todo depende exclusivamente de la casualidad, ya que tal método podría favorecer a la claridad conceptual
y a la probabilidad de crecimiento corporativo, incluyendo visos de aprobación en la opinión comunitaria.

8. Las reglas disponen de recursos a aplicarse sin límite: desestrategias retardatarias, caprichosas crispaciones, descalificaciones verbales, falsas y pueriles incriminaciones de las propias falencias al gobierno nacional, etc.

9. Se estipula de común acuerdo que los inscriptos deben contradecirse permanentemente y establecer
alianzas perecederas y sin contenido, mediante acuerdos sin consistencia ideológica ni programática.

10. Soportes para concursar: los jugadores no pueden sostener convicciones por demasiado tiempo y deben ser asesorados sin oportunidad de disenso por representantes de las patronales agrarias y mediáticas multinacionales, como asimismo por embajadores de otros países dominantes y de la usurera banca mundial.


 De las restricciones

11. No valen las imitaciones malintencionadas del juego del Lobo Ludo.
Ser advertido en infundada simulación demagógica para buscar apoyos descomprometidos en la clase merdia descastada y autoboicoteada, amerita la automática descalificación por repudio del resto de espectadores.

12. Los acuerdos se rigen por el insensato egocentrismo y la especulación destructiva de los participantes.
Quedan terminantemente prohibidos los consensos tendientes a definir posturas
respecto a cuestiones de fondo que efectúen aportes a la actual gestión oficialista.

13. Se censura con inhabilitación de hasta tres turnos (bianuales electivos) a aquellos que osen sugerir estrategias o plantear controversias a los asesores de entidades agrarias y multimediáticas. En caso de reincidencia, se sanciona con la exclusión del juego, por lo menos, hasta demostrar el cabal vasallaje al Supremo Tribunal.

14. Las decisiones del Tribunal son irrevocables. Mediante la previa aceptación sin reclamos del presente reglamento, los concursantes pierden todo derecho a protestar y/o presentar recursos de revisión de sanciones.


Del Supremo Tribunal

15. El Supremo Tribunal está integrado por las siguientes autoridades en triple terna multidisciplinar:
a) Héctor Magnetto, Bartolomé Mitre Jr Jr y Jorge Fontevecchia; b) Hugo Biolcati, Luciano Miguens y Mario Llambías; y, c) Dominique Strauss Kahn, Condoleezza Rice y Vilma Socorro Martínez; o delegados debidamente acreditados.


Tablero

1 comentarios:

María de los Ángeles del Hoyo dijo...

Pero Adan, es excelente!! Admiro tu gran creatividad!! Saludos

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